Dimensiones de la participación ciudadana - Glenn Anchundia

domingo, 9 de febrero de 2020

Dimensiones de la participación ciudadana

La Constitución del Ecuador en su Art. 95 dispone:

«La participación de la ciudadanía
en todos los asuntos de interés público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de la democracia representativa, directa y comunitaria»

Dicha disposición constitucional abre las opciones para la coexistencia de diferentes modelos y prácticas democráticas en un mismo régimen político. Dicha coexistencia ha sido denominada por ciertos autores como aumento de la demo-diversidad.

Se trata, entonces de identificar y entender las diversas dimensiones, mecanismos y modelos de construcción de la voluntad común puestos en juego con la nueva Carta Magna a fin de propiciar mayores niveles de participación popular en la vida pública y de radicalizar el proyecto democrático en el país.

En efecto, además de la democracia representativa y de la democracia directa, la Carta Magna habla de la democracia comunitaria como otro de los mecanismos y formas legítimas de expresión y organización del poder político en territorios específicos. Nuevos espacios de participación, control y deliberación pública en la dinámica de construcción de las políticas estatales, así como específicos arreglos asociativos o neo-corporativos de representación de intereses colectivos, completan el arco de disposiciones constitucionales consagradas a propiciar la intervención de los ciudadanos en los asuntos públicos (Ramírez Gallegos, 2010).

El abordaje de la Dimensión Ciudadana se configura desde la necesidad de comprender y resignificar la ciudadanía desde el sentido más básico, como estatus, hasta la ciudadanía activa, participativa y transformadora, enmarcada en la participación en los públicos y la construcción de "nuevas ciudadanías".

Democracia directa
Esta conceptualización alude a la participación sin mediaciones políticas.
La Ley Orgánica de Participación Ciudadana, con base jurídica establecida en la Constitución, prevé mecanismos de democracia directa, lo cual implica, contar con instancias en que el cuerpo electoral reasume la soberanía para decidir directamente sobre diversos aspectos puestos a su consideración.

De manera incuestionable, lo que el pueblo dictamina cada vez que es consultado, se reviste de valor simbólico y por ende adquiere autenticidad. Es así que, en los países que se rigen por un sistema democrático, se recurre con mayor o menor frecuencia a plebiscitos y referendos, en los que el pueblo es convocado a pronunciarse en las urnas


Democracia representativa
La Democracia representativa se basa, precisamente, en la idea de que el pueblo ejerce su poder a través de un representante que asume la autoridad mediante elecciones (sufragio universal y, sobre la base de esto, actúa en nombre del representado. Por medio de este artificio se pretende lograr la inclusión de la sociedad en la vida política de cada nación.  
Dicha inclusión se sostiene así, en lo fundamental, a través del acto del sufragio (el voto)  -elegir y ser elegido- y, de modo secundario, en las libertades que garantizan la implicación de los ciudadanos el debate público (derechos de organización, de opinión, de expresión, etc.).La nueva Carta Política sigue manteniendo que el voto es obligatorio para las y los ecuatorianos mayores de 18 años (Art. 62.1), sin embargo, contempla el sufragio a nuevos actores sociales, de tal modo que se ha ampliado de manera facultativa para (Art. 62.2):- las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada, - las personas mayores de 65 años, - las personas con discapacidad y, - los integrantes de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional con la ampliación de la comunidad política se introduce la participación básica para sectores anteriormente excluidos, que igual se encuentran afectados por las decisiones tomadas por las elites políticas.  Así, se intenta establecer un régimen más inclusivo y representativo.
En especial, es necesario resaltar la ampliación del sufragio para los jóvenes de entre 16 y 18 años, al considerar que Ecuador tiene una población muy joven y que, si está apta para trabajar y tener responsabilidades penales, también podría tener otro tipo de derechos.   
Además, se buscó inculcar en los más jóvenes una temprana participación en la vida política y adelantar ese aprendizaje social.

Democracia comunitaria
Uno de los elementos que permitiría sostener la hipótesis del incremento de la demo-diversidad esel reconocimiento, que efectúa la nueva Constitución, del derecho de las organizaciones y pueblos indígenas a desarrollar sus específicos mecanismos de autoridad, poder y justicia (Ramírez, gallegos, 2010).  En parroquias, municipios y provincias podrán, en efecto, decidir mediante consultas locales sobre la puesta en marcha de sus particulares formas de gobierno y toma de decisiones con efectos sobre determinados territorios.
Esta es una de las aristas que darían forma institucional a la declaratoria del Estado ecuatoriano como plurinacional. Dicha declaratoria no había prosperado en la reforma constitucional de 1998.
La incorporación de dicho principio otorga credenciales refundacionales al reciente proceso constituyente y aboca a la construcción de formas de representación, auto- gobierno y participación que pueden profundizar y articularse con aquellos canales que ya han abierto la democracia representativa. No obstante, y contrariamente a las otras formas de participación democrática mencionadas en la Constitución, en este caso no se establecen apartados particulares ni una desagregación sobre las características y modos de funcionamiento específicos de la democracia comunitaria.

Además de las instancias democráticas –arriba enunciadas– que la Constitución señala en el Art. 95, se consideran inherentes a la aplicabilidad de la Democracia participativa otros espacios que se los ha nombrado Democracia deliberativa y Democracia asociativa.
El texto constitucional es pródigo en la implantación de espacios públicos donde puedan activarse la discusión entre sociedad y Estado para la construcción de las agendas de política pública en distintos niveles de gobierno. Se abre aquí una comprensión deliberativa de la democracia que insiste tanto en la dimensión colectiva de los procesos de toma de decisión como en la dinámica de razonamiento público, libre e igualitario que justifica y legitima el ejercicio del poder estatal. Más allá de la participación electoral –propio de las visiones agregativas de la democracia en que los procedimientos de selección de elites (el voto) se constituyen en el principal mecanismo que autoriza la toma legítima de decisiones políticas- se hace referencia a la formación de espacios e instituciones donde sociedad y Estado interactúan, de modo intencional y conflictivo, en procura de específicas definiciones políticas.  
La Democracia asociativa (arreglo neo-corporativo) en cambio, se refiere a un tipo de participación que transcurre y se inscribe en el contexto de la existencia de grupos o asociaciones autónomas con voluntad de incidir en el funcionamiento del régimen democrático. En el marco de específicas regulaciones, estos grupos pueden competir y cooperar con otros, y con el Estado, para lograr sus objetivos. La nueva Carta Magna considera que uno de los ámbitos fundamentales de la Participación Ciudadana es su pertenencia, implicación y movilización dentro de formas de acción colectiva más o menos estructuradas.

17 comentarios:

  1. La información proporcionada me resulta muy informativa e interesante

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  2. Muy bien detallado e informativo

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  3. y esto en que beneficia al Manchester United?

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  4. Mientras mas estudian se vuelven mas estirados al saber cada vez mas de su realidad al ser consientes de su realidad les da mas asco el sistema y su pais

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  5. taco
    9 de febrero de 2020 a las 23:06
    Mientras mas estudian se vuelven mas estirados al saber cada vez mas de su realidad al ser consientes de su realidad les da mas asco el sistema y su pais

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  6. Un Animal sin Cobertura9 de febrero de 2020, 11:23 p.m.

    este blog defiende mis derechos me parece bien

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  7. me gusta el blog pero no tengo novia :c

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  8. Chamo por que borra mi comentario es por que soy venezuela cierto? Maldita gente de este blog me discrimina 0or comer tierra con pan. YES.

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  9. Me resulto muy util la informacion muchas gracias :D

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